Defensa del Consumidor
La Ley N° 2.244 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) establece que las personas físicas o jurídicas que comercialicen, o presten servicios a consumidores y/o usuarios en el ámbito de la C.A.B.A. y posean página de internet, deberán agregar un enlace con la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor:


Legislación derecho de los consumidores >>
Dónde y cómo reclamar >>
Para consultas y/o denuncias ingrese aquí >>
Defensa de las y los Consumidores. Para reclamos ingrese aquí >>



CABA - Ley 2.709: Para reclamos y/o consultas en forma personal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, puede solicitar turno de lunes a viernes contactandonos por Whatsapp al 11 5123-0113.


Teléfono gratuito CABA: 147 Área de Defensa y Protección al Consumidor.

Ministerio de Economía: Subsecretaria de Defensa del Consumidor: legislación derecho de los consumidores.
Ministerio de Economía: Subsecretaria de Defensa del Consumidor: dónde y cómo reclamar.



ARTICULO 10 ter de la Ley 24.240: Modos de Rescisión. Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación.

La empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario. recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare
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